PARA SABER MÁS DEL DERECHO PENAL

DERECHO PENAL (SISTEMA TRADICIONAL Y ADVERSARIAL) ASÍ COMO DEL FUERO COMÚN Y FEDERAL:

En ésta área del Derecho nos distinguimos por nuestra capacidad y experiencia para representar en forma técnica y adecuada a nuestros clientes, siempre, mediante el diseño de estrategias jurídicas que se basan en técnicas innovadoras de litigación y de argumentación de alto impacto como también, en soluciones vanguardistas que a nuestros representados les permite tener la seguridad de que su situación legal siempre será resuelta con el mayor beneficio a sus intereses y respetándose en todo momento sus derechos fundamentales y procesales, a fin de que se les garantice una certeza jurídica.

  • Formulación de Querellas y Denuncias.
  • Inicio de Carpetas de Investigación.
  • Representación de victimas u ofendidos así como de imputados y/o inculpados en Averiguaciones Previas, Carpetas de Investigación y Causas Penales.
  • Celebración de Acuerdos Reparatorios.
  • Propuestas de Suspensiones Condiciones del Proceso.
  • Procedimientos Abreviados.
  • Audiencias Iniciales, Intermedias y de Enjuiciamiento (Juicios Orales).
  • Audiencias de Imposición, Modificación, o de Revocación tanto de Medidas de Protección como de Medidas Cautelares.
  • Apelaciones y Amparos.
  • Procedimientos de Ejecución de Sentencias Penales.

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2 comentarios en «PARA SABER MÁS DEL DERECHO PENAL»

    1. La presunción de inocencia establece un derecho humano que la Constitución y los tratados internacionales reconoce y garantiza a toda persona, implica que debe ser tratada con tal calidad -inocente- hasta en tanto no se demuestre lo contrario, no permite que a aquel sobre quien pesa una acusación se le atribuyan consecuencias que son propias de una persona a la que se tiene por responsable de un delito en una sentencia condenatoria firme y en cuyo proceso se hayan observado todas las garantías.

      Por tanto, de un lado, el principio de presunción de inocencia constituye el derecho a recibir la consideración y el trato de ‘no autor o no partícipe’ en hechos de carácter delictivo o análogos a éstos y determina, por otro lado, el derecho a que no se apliquen las consecuencias o los efectos jurídicos de manera anticipada.

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